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¿Cómo puedo solicitar una autorización para emplear fuego?
La solicitud dependerá de la ubicación del terreno y de la época en que quiera realizar el empleo del fuego:
- En terrenos forestales y zonas de influencia forestal (400 m circundantes), la quema de matorral, pastos y residuos procedentes de trabajos forestales, así como la quema de rastrojos o residuos en labores agrícolas, requiere una Autorización para el uso del fuego en terreno forestal y zona de influencia forestal.
- En zonas de peligro, el uso del fuego para la quema de rastrojos, pastos, residuos, carboneo o para cualquier otra actividad agraria, los titulares de los terrenos o sus representantes deberá comunicarse a la Delegación Provincial de la Consejería mediante una Comunicación del uso del fuego para actividades agrarias en zonas de peligro, fuera de terrenos forestales y de la zona de influencia forestal, con una antelación mínima de diez días al uso del fuego.
La intensidad de las medidas de prevención de incendios variará según la época de peligro, determinada en función de los antecedentes históricos sobre el riesgo de aparición de incendios y sobre la incidencia de las variables meteorológicas, estableciéndose con carácter general las siguientes:
· Época de Peligro alto: Del 1 de julio al 30 de septiembre. ( hozanejos: prohibido)
· Época de Peligro medio: Del 1 de mayo al 30 de junio y del 1 de octubre al 31 de octubre.(hozanejos: necesita la solicitud,se puede enviar por fax)
· Época de Peligro bajo: Del 1 de enero al 30 de abril y del 1 de noviembre al 31 de diciembre.(hozanejos: no necesita la solicitud)
Telefono medio ambiente: 956 00 87 00
Fax: 956 00 87 70 |
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